Secretaría Comunal de Planificación.

Artículo  19°.    La Secretaría Comunal de Planificación tiene como objetivo apoyar al Alcalde y al Concejo Municipal, en la definición de las políticas y en la elaboración, coordinación y evaluación de los planes, programas y proyectos de desarrollo comunal.

Artículo  20°. La Secretaría Comunal de Planificación, debe cumplir con las siguientes funciones:

  1. Servir de  Secretaría  Técnica  permanente  del  Alcalde  y  del  Concejo  Municipal  en  la formulación de la estrategia municipal, como asimismo delas políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la Comuna.
  2. Elaborar las  bases generales  y  específicas,  según  corresponda,  para  los  llamados  a licitación pública o privada, de obras de inversión, equipamiento y servicios a la comunidad, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo.
  3. Preparar y coordinar los procesos  administrativos  referidos  a los llamados, aperturas  y procesos de evaluación de las licitaciones.
  4. Preparar los antecedentes técnicos de los informes de evaluación de las ofertas económicas presentadas en los procesos de licitación.
  5. Postular proyectos a diferentes fuentes de financiamiento.
  6. Asesorar al Alcalde en la elaboración del presupuesto municipal.
  7. Asesorar al Alcalde en la elaboración del Plan de Desarrollo Comunal.
  8. Evaluar semestralmente el cumplimiento de planes, programas, proyectos, inversiones y del presupuesto municipal.
  9. Realizar análisis y evaluaciones permanentes del desarrollo social y territorial comunal.
  10. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
  11. Recopilar y mantener la información comunal y regional atinente a sus funciones.
  12. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.
  • Asesoría Urbana
  • Departamento de Proyectos.
  • Depto. Presupuestos
  • Artículo  21°.   Adscrito a la Secretaría Comunal de Planificación existirá la unidad de Asesoría Urbana  quien  tiene  por  objeto  revisar todos  los  planos  de  subdivisión,  loteo y  urbanización, cautelando  su estricta concordancia con  las disposiciones del Plan Regulador y su Ordenanza Local, y autorizar los conjuntos armónicos.

    Artículo  22°.    La unidad de Asesoría Urbana, debe cumplir con las siguientes funciones:

    1. Asesorar al Alcalde y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano.
    2. Estudiar y elaborar el Plan Regulador Comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación.
    3. Informar técnicamente   las   proposiciones   sobre   planificación   Urbana   Intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
    4. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.

    Artículo  23°.   La  Secretaría  Comunal  de  Planificación  Municipal  contará  con  las  siguientes dependencias:

    • Departamento de Proyectos
    • Departamento de Presupuestos.
  • Artículo  24°,  El Departamento de  Proyectos  tiene  por  objetivo  impulsar el  desarrollo  de  la comuna, preocupándose de la formulación de proyectos como así mismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna, debiendo evaluar el cumplimiento de éstos, así como hacer análisis y evaluaciones permanentes de las situaciones de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.

    Artículo  25°.   El Departamento de Proyectos, debe cumplir con las siguientes funciones:

    1. Asesorar al Director en la elaboración de los proyectos del Plan Comunal de Desarrollo.
    2. Preparar la  formulación,  presentación  y   postulación  de   proyectos  a  las  instancias gubernamentales pertinentes, para optar a su financiamiento una vez obtenida su recomendación social de viabilidad técnica y económica.
    3. Preparar  informes y  antecedentes  para  la  evaluación  del  cumplimiento de  los  planes, programas, proyectos e inversiones que el Director informe al Concejo, al menos se
    4. Investigar la realidad social de la comuna, para la elaboración de diagnósticos sociales comunales, confeccionando y diseñando los instrumentos para tales efectos.
    5. Preparar  los  análisis y  evaluaciones  permanentes  de  la  situación  de  desarrollo  de  la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territorio.
    6. Recopilar y mantener la información comunal y regional atinente a las funciones de la unidad.
    7. Preparar y  mantener un  banco de  proyectos tendientes  a  la solución de  problemas  y necesidades de la comuna.
    8. Estudiar la rentabilidad económica y social de las diversas proposiciones que formulen las unidades municipales,
    9. Asistir a los organismos asesores de participación y a las organizaciones de la comunidad que lo requieran, en los aspectos técnicos de su competencia.
    10. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.

    Artículo  26°.   El Departamento de Proyectos contará con las siguientes dependencias:

    • Sección Saneamiento Sanitario.
    • Sección Electrificación Rural.
    • Sección Proyectos Comunales.
  • Artículo  33°.    El Departamento de Presupuestos tiene por objetivo la confección del Presupuesto Municipal y controlar la ejecución de éste, en concordancia con los lineamientos estratégicos del municipio y en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas, y la elaboración de las bases  administrativas generales de las propuestas  públicas y  privadas, en conformidad con  los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal.

    Artículo  34°.    El Departamento de Presupuestos, debe cumplir con las siguientes funciones:

    1. Elaborar, conjuntamente con la Dirección de Administración y Finanzas, el Plan Financiero y Presupuesto Municipal a fin de implementar los Programas y Proyectos que contemple el Plan de Desarrollo Comunal.
    2. Efectuar el seguimiento de los procesos de licitaciones públicas o privadas, según corresponda.
    3. Asesorar a la correspondiente comisión de evaluación de propuestas, tanto públicas como privadas, en el análisis de antecedentes, así como también del proceso de adjudicación de las mismas.

    Artículo  35°.    El Departamento de Presupuestos contará con las siguientes dependencias:

    • Sección Presupuestos.
    • Sección Licitaciones.

    Sección  Presupuestos.

    Artículo  36°. La Sección Presupuestos tiene por objetivo formular el Presupuesto Municipal, evaluar su cumplimiento y proponer las modificaciones que corresponda.

    Artículo  37°.     La Sección Presupuesto debe cumplir con las siguientes funciones:

    1. Formular y proponer, en coordinación con el resto de las direcciones, el Presupuesto Municipal.
    2. Informarse de las necesidades presupuestarias de las unidades municipales y coordinar en conjunto  con ellas la disponibilidad de recursos  para la ejecución de sus planes  y programas.
    3. Controlar la ejecución presupuestaria.

    Sección Licitaciones.

    Artículo  38°.   La Sección Licitaciones tiene por objeto la preparación y elaboración de las bases administrativas para los llamados a licitación, según los dispongan los reglamentos internos dictados para estos efectos.

    Artículo  39°.   La Sección Licitaciones debe cumplir con las siguientes funciones:

    1. Elaborar las bases administrativas, generales y especiales, para los llamados a licitación, relacionados con concesiones, adquisiciones, estudios, proyectos (estudios u obras civiles) y contratación de servicios generales, entre otras, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los procedimientos e instrucciones  establecidas  en la Ley y el Reglamento Municipal respectiva.
    2. Colaborar en el control de las concesiones y proyectos que le correspondan, de acuerdo a su participación en la elaboración de las especificaciones técnicas, y que le sean atingentes a la naturaleza de sus funciones.
    3. Planificar y coordinar administrativamente todo el proceso de licitación.
    4. Responsable directo  de subir al portal  www.mercadopubllco.cl todas las partidas  o requerimientos necesarios para los llamados a licitación pública  en conformidad  a la información emanada de la unidad requirente.
    5. Cumplir con las demás funciones que le encomiende su jefatura, de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y que estén dentro del marco legal.
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